Rita Spaces to Live

Deducciones fiscales por obras de mejora de la eficiencia energética de las viviendas

Deducciones fiscales por obras de mejora de la eficiencia energética de las viviendas
16 Mar

¿Conoces las nuevas desgravaciones fiscales de las que puedes beneficiarte si mejoras la eficiencia energética de tu vivienda?

El incesante incremento de los precios de la energía ha provocado que nos pasemos el día pendientes de los precios medios diarios de la electricidad, del gas, que midamos al milímetro nuestro consumo y lo ajustemos a las horas a las que, en teoría, tiene un menor coste para nuestro bolsillo.

Una vivienda bien acondicionada y eficiente puede suponer un importante ahorro para nuestra economía doméstica al final del año. Sin embargo, necesitamos realizar una importante inversión para obtener resultados.

Por ese motivo es importante estar al día de las ayudas y subvenciones de las que podemos beneficiarnos para hacer de nuestra casa un lugar más eficiente.

El pasado 5 de octubre el Gobierno de España aprobó un decreto de medidas urgentes para impulsar la actividad de rehabilitación edificatoria en el contexto del Plan de Recuperación, Transformación y Resilencia, y puso en marcha tres tipos de deducciones fiscales de las que podemos beneficiarnos si hemos reformado nuestra vivienda.

La norma incorpora nuevas deducciones en el IRPF por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas y edificios residenciales, que oscilarían entre el 20 y el 60%.

Te explicamos en qué consiste cada una de ellas:

1.- Deducción del 20% del coste del proyecto.

El primer tramo de ayudas se centra en las obras de reforma destinadas a mejorar la eficiencia energética de una vivienda habitual o arrendada para uso como vivienda.

En este nivel la deducción es del 20% del proyecto con una base máxima de deducción de 5.000 euros anuales, siempre que esas obras realizadas reduzcan como mínimo un 7% la demanda de calefacción y refrigeración.

2.- Deducción de hasta el 40% del coste del proyecto.

En el segundo tramo encontramos aquellas obras con las que se pueda mejorar la eficiencia energética de la vivienda habitual o arrendada para su uso como vivienda cuando esas obras supongan la reducción de al menos un 30% del consumo de energía primaria no renovable.

En este se permite una deducción de hasta el 40% de las cantidades satisfechas por el proyecto hasta un máximo de 7.500 euros.

3.- Deducción de hasta un 60% del coste del proyecto

Por último, el tercer tramo atañe a las obras de rehabilitación que mejoren la eficiencia energética en edificios de uso predominante residencial, que será aplicable a las cantidades satisfechas por el titular de la vivienda.

Los proyectos deberán suponer una reducción de consumo de energía primaria no renovable de un 30% como mínimo.

En esta tercera deducción, el contribuyente de la vivienda podría deducirse hasta un 60% de las cantidades satisfechas por las obras y hasta un máximo de 15.000 euros.

Como requisito, se deben acreditar estas mejoras a través de la reducción de los indicadores de demanda energética del certificado de eficiencia energética de la vivienda.

Es importante tener en cuenta que pueden beneficiarse de estas deducciones los proyectos realizados a partir de la entrada en vigor del decreto y hasta el 31 de diciembre de 2022 en los dos primeros casos y el 31 de diciembre de 2023 para el tercero.

¿Qué obras pueden realizarse?

Las obras a las que podrían aplicarse estas deducciones son múltiples. Algunas de ellas son las siguientes:

  • Instalación de paneles solares.
  • Sistemas de aprovechamiento de geotermia.
  • Aerotermia.
  • Calderas inteligentes.
  • Modificación de la envolvente.

Accede a la información completa en la página de la Agencia Tributaria.


Share

WhatsApp Direct call